Desde un punto de vista clínico nuestro equipo está compuesto por profesionales especialistas en Psiquiatría, Psicología Forense, Psicología Sanitaria y Neuropsicología con una amplia formación y experiencia clínica específica en diferentes áreas dentro de la salud mental que con frecuencia están relacionados con la actividad pericial, como son la Neuropsiquiatría, la Psiquiatría Infantojuvenil, Psicosomática, Gerontopsiquiatría, Trastornos del Control de Impulsos, Trastornos Psicóticos, Trastornos de la Personalidad y Trastornos por Uso de Sustancias, entre otros.
Todos nuestros profesionales cumplen sobradamente los requisitos de formación universitaria especializada que, si bien no es obligatoria para la actividad pericial, sí es altamente recomendable, aportando un valor añadido a dicha actividad.
Los miembros de nuestra Unidad de Psiquiatría Legal han participado en multitud de congresos científicos con aportaciones a través de ponencias y publicaciones y son profesionales de reconocido prestigio en el ámbito profesional dentro de esta especialidad.
Equipo de la Unidad Legal Forense
Dra. Lydia Gayubo Moreno. Doctora en Psiquiatría por la UAH. Licenciada en Psicología por la UNED, y Máster en Psiquiatría Legal y Forense por la UCM. Cabe destacar su especial interés en la Psiquiatría Forense: Experta Universitaria en Psiquiatría Forense por la UNED; Máster en Psiquiatría Legal por la UCM; se ha especializado en la realización de informes periciales tanto en ámbito privado como público.
Dra Beatriz Martínez Calero. Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad Autónoma de Madrid, realizó la especialidad de Psiquiatría en el Hospital Universitario Clínico San Carlos. Cabe destacar su especial interés en la Psiquiatría Forense: Experta Universitaria en psiquiatría forense por la UNED.
Ana Tarancón. Graduada en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid. Máster en Psicología General Sanitaria por la Universidad de Salamanca. Máster en Evaluación y Rehabilitación Neuropsicológica por la Universidad Camilo José Cela de Madrid. Posee formación complementaria tanto en el área de la psicología clínica como de la neuropsicología, destacando el título de Experto en Trastornos del Neurodesarrollo por la Universidad CEU Cardenal Herrera de Madrid.
Valoración clínica y médico-legal
El procedimiento diagnóstico y su relación con las bases doctrinales de la ciencia, la deliberación, el establecimiento de nexos de causalidad, la capacitación para la toma de decisiones y otras fases de la elaboración del proceso pericial deben estar regidos por el método científico, con el fin de garantizar que la calidad final del trabajo sea racional, razonable y comprensible.
El principio ético rector del perito es el de justicia, con equidad y sin discriminación. Los derechos del peritado deben sustentarse en la adaptación de las obligaciones morales del perito a los derechos del peritado.
Nuestro trabajo se rige por el conocimiento, la independencia, la experiencia, la objetividad y la transparencia. Al tratarse de un equipo multidisciplinar y súper especializado, la presentación inicial de cada caso se plantea a la persona responsable de la Unidad, que hará una valoración inicial de las necesidades médico-legales específicas del caso.
Una vez se decida que existe la necesidad y la conveniencia de una intervención pericial (ya sea la elaboración de un informe pericial o la mera presencia y firma del perito en diferentes actos legales) el valorador se encargará de derivar el caso al especialista o los especialistas que considere más apropiados para el desarrollo óptimo del trabajo que se solicita.
Tenemos el deber de adecuarnos a las exigencias que para este tipo de actuaciones médicas plantea el Código de Ética y Deontología, proporcionando un equilibrio con el fin último: «el acto médico-pericial a realizar, debe enfocarse hacia el mejor asesoramiento a los jueces y los tribunales acerca de los problemas psicopatológicos que pudiera presentar el peritado».
Elaboración del informe pericial
La elaboración de un Informe Pericial requiere de una formación específica en el ámbito médico-legal, del mismo modo que exige una amplia experiencia clínica en nuestra especialidad, la Psiquiatría (y sus diferentes “subespecialidades”), la Psicología Sanitaria y la Neuropsicología.
El informe pericial no es un informe clínico; el desarrollo pericial no tiene como objetivo una evaluación clínica o diagnóstica dirigida a plantear un programa terapéutico, sino una valoración cuya directriz sea el uso del método científico racional (inducción, deducción, análisis, asociación y síntesis) con el objetivo de responder a cuestiones legales, siendo las preguntas que se plantean al perito las que determinan el objetivo de la pericia.
Para la elaboración de un Informe Pericial nos basamos, además de en la evaluación clínica, en el análisis documental de la información clínico-administrativa del proceso, las pruebas psicológicas complementarias y la consulta de bases doctrinales relevantes, fundamentadas y reconocidas por la comunidad científica. El contenido del informe se debe respetar la terminología médico-legal y adaptar los conceptos clínicos, para que puedan ser comprendidos adecuadamente por el Tribunal. Para ello, el perito debe utilizar una terminología comprensible para personas profanas en la materia sin perder rigor científico y fenomenológico, articulada en base a diagnósticos y criterios clínicos aceptados en consenso por la Comunidad Científica Internacional (CIE-10 y DSM-V).
Actividad Pericial Psiquiátrica en diferentes ámbitos del Derecho
Nuestra Unidad de Psiquiatría Legal tiene una amplia experiencia en los distintos ámbitos del Derecho: Civil, Laboral, Contencioso-Administrativo, Derecho de Familia… y por supuesto en el ámbito penal, donde se estudia de una manera exhaustiva la implicación de la enfermedad mental en la comisión del delito.
Tenemos en nuestra base de datos gran número de sentencias en las que los jueces y magistrados se han apoyado en nuestras reflexiones médico-legales para dictar sentencia, tanto en temas de incapacidades laborales, como en temas de inimputabilidad, capacidad para testar, patria potestad, responsabilidad profesional, etc.
Estamos especializados en las siguientes áreas:
- Incapacitación civil por enfermedad. Curatelas.
- Prolongación patria potestad.
- Impugnación de testamento por enfermedad que afecta la capacidad financiera.
- Valoración e la capacidad para tomar decisiones, firmar contratos, préstamos, depósitos.
- Capacidad de custodia de menores en presencia o ausencia de enfermedad mental.
- Valoración del riesgo de agresividad en el ámbito de la violencia de género.
- Incapacidad laboral por enfermedad. Minusvalías.
- Enfermedad mental generadas por situaciones de acoso o agresión.
- Inimputabilidad en la comisión de delitos por la presencia de enfermedad mental. Atenuación, eximentes.
- Consumo de tóxicos e inimputabilidad.
- Daño corporal (neuropsiquiátrico) tras accidente. Valoración secuelas.
- Etc.
Elaboración del presupuesto
El presupuesto en los informes periciales es individualizado y realizado para cada caso en concreto. El coste es muy variable en función de diferentes factores concurrentes en cada caso.
Se tendrá en cuenta el volumen y la complejidad del estudio específico del objeto de la pericia. La cantidad de documentación médica que se precise revisar y el lugar de la valoración (consulta, domicilio, residencia, prisión, hospital….) deberán ser tenidos en cuenta.
Influye también el número de profesionales implicados en el trabajo y las pruebas a realizar (neuropsicología, estudio de la personalidad, valoración del riesgo, pruebas de imagen, etc.).
El tiempo invertido en la ejecución del encargo y la premura de la entrega del informe pericial son aspectos a valorar en la realización del presupuesto.
Y finalmente la necesidad de comparecencia judicial dentro o fuera de la Comunidad de Madrid.
Nos parece fundamental hacer constatar aquí la prohibición expresa de cobrar honorarios con arreglo a un porcentaje del resultado del litigio.